Author: | José Francisco Castellanos Madrazo | ISBN: | 6526070914324 |
Publisher: | Editorial Porrúa México | Publication: | January 21, 2014 |
Imprint: | Language: | Spanish |
Author: | José Francisco Castellanos Madrazo |
ISBN: | 6526070914324 |
Publisher: | Editorial Porrúa México |
Publication: | January 21, 2014 |
Imprint: | |
Language: | Spanish |
La teoría de control de constitucionalidad de la ley de la Suprema Corte de Justicia mexicana, se desarrolló a través del amparo en una fase primera de 1917 a 1994; y de la acción de inconstitucionalidad en una segunda, que abarca de 1995 a 2013. El estudio de ambas etapas permite obtener un panorama diacrónico del modelo de control en México, analizando el papel de la Corte en el sistema jurídico en su función de control de constitucionalidad de la ley como método de análisis.
A través de las reformas constitucionales al amparo, se redimensionó el papel de la Suprema Corte de Justicia, los tribunales de circuito y los juzgados de distrito, quienes al incorporar los principios de interpretación conforme y pro persona en su quehacer jurisdiccional, de la mano del control de convencionalidad, deberán re-diseñar una teoría de control de constitucionalidad temporalmente adecuada, para resolver casos emblemáticos y orientar desde su jurisprudencia, una doctrina de expansión e irradiación potente de los derechos fundamentales.
Con el desarrollo de la Décima Época, la Corte deberá asentar su papel como un auténtico Tribunal Constitucional, sobre todo a partir del contenido del artículo 105 de la Constitución, surgido de la reforma de 1994, que inauguró un modelo de control para someter a escrutinio el control abstracto de constitucionalidad de las leyes. Frente a esta nueva realidad, la Suprema Corte de Justicia está llamada a convertirse, de modo definitivo, en un órgano con un papel auténticamente decisorio en el flujo político de las instituciones del Estado, de modo que a través de una potenciación y una mayor efectividad en el ejercicio de sus atribuciones, adquiriera un peso institucional y político que permita por un lado la vigencia del principio de supremacía constitucional y, por el otro una nueva posición de Tribunal Constitucional dentro del sistema de poderes constitucionales, para impulsar desde esa palestra la consolidación del Estado democrático y constitucional de Derecho en México.
La teoría de control de constitucionalidad de la ley de la Suprema Corte de Justicia mexicana, se desarrolló a través del amparo en una fase primera de 1917 a 1994; y de la acción de inconstitucionalidad en una segunda, que abarca de 1995 a 2013. El estudio de ambas etapas permite obtener un panorama diacrónico del modelo de control en México, analizando el papel de la Corte en el sistema jurídico en su función de control de constitucionalidad de la ley como método de análisis.
A través de las reformas constitucionales al amparo, se redimensionó el papel de la Suprema Corte de Justicia, los tribunales de circuito y los juzgados de distrito, quienes al incorporar los principios de interpretación conforme y pro persona en su quehacer jurisdiccional, de la mano del control de convencionalidad, deberán re-diseñar una teoría de control de constitucionalidad temporalmente adecuada, para resolver casos emblemáticos y orientar desde su jurisprudencia, una doctrina de expansión e irradiación potente de los derechos fundamentales.
Con el desarrollo de la Décima Época, la Corte deberá asentar su papel como un auténtico Tribunal Constitucional, sobre todo a partir del contenido del artículo 105 de la Constitución, surgido de la reforma de 1994, que inauguró un modelo de control para someter a escrutinio el control abstracto de constitucionalidad de las leyes. Frente a esta nueva realidad, la Suprema Corte de Justicia está llamada a convertirse, de modo definitivo, en un órgano con un papel auténticamente decisorio en el flujo político de las instituciones del Estado, de modo que a través de una potenciación y una mayor efectividad en el ejercicio de sus atribuciones, adquiriera un peso institucional y político que permita por un lado la vigencia del principio de supremacía constitucional y, por el otro una nueva posición de Tribunal Constitucional dentro del sistema de poderes constitucionales, para impulsar desde esa palestra la consolidación del Estado democrático y constitucional de Derecho en México.