Author: | Jose Manuel Ferro Veiga | ISBN: | 1230003039748 |
Publisher: | Jose manuel Ferro Veiga | Publication: | January 20, 2019 |
Imprint: | Language: | Spanish |
Author: | Jose Manuel Ferro Veiga |
ISBN: | 1230003039748 |
Publisher: | Jose manuel Ferro Veiga |
Publication: | January 20, 2019 |
Imprint: | |
Language: | Spanish |
El Código Civil establece que "los padres son responsables de los daños causados por los hijos que estén bajo su guarda" y que "los tutores lo son de los perjuicios causados por los menores o incapacitados que estén bajo su autoridad y habitan en su compañía". Y son los maestros, por otro lado, los responsables respecto a los perjuicios causados por sus alumnos o aprendices mientras permanezcan bajo su custodia. En teoría, padres, guardadores y tutores podrán eludir su responsabilidad si prueban que actuaron con la diligencia de un buen padre de familia en el cumplimiento de sus obligaciones de vigilancia y educación.
Los menores de 18 años que viven en España tienen unos derechos reconocidos en la Constitución y en la Convención de Derechos del Niño de Naciones Unidas. Son los siguientes:
Derecho al honor, a la intimidad personal y familiar, y a la propia imagen. Se produce una intromisión ilegitima de estos derechos cuando se difunde información, la imagen o el nombre de un menor en los medios de comunicación, siempre que ello pueda implicar un deterioro de su honra o reputación. Estos derechos comprenden también la inviolabilidad del domicilio familiar y de la correspondencia y el secreto de las comunicaciones.
Derecho a la información. Quizás sea este derecho uno de los más vulnerados por la publicidad, los contenidos televisivos y videojuegos. Las administraciones públicas deben velar para que los medios de comunicación promuevan en sus mensajes dirigidos a menores los valores de igualdad, solidaridad y respeto a los demás, eviten imágenes de violencia, explotación en las relaciones interpersonales o que reflejen un trato degradante o sexista.
Derecho a la libertad de ideología, conciencia y religión, respetando los derechos y libertades de los demás.
Derecho de participación, asociación y reunión. Derecho a participar plenamente en la vida social, cultural, artística y recreativa de su entorno, así como a una incorporación progresiva a la ciudadanía activa. Los menores tienen el derecho a formar parte de asociaciones y organizaciones juveniles de los partidos políticos y sindicatos, a promover asociaciones infantiles y juveniles e inscribirlas.
Derecho a la libertad de expresión. Tienen derecho a publicar y difundir sus opiniones, a la edición y producción de medios de difusión y el acceso a las ayudas que las Administraciones públicas.
Derecho a ser oído. El menor podrá ejercitar este derecho por sí mismo o a través de la persona que designe para que le represente, cuando tenga suficiente juicio. Cuando ello no sea posible o no convenga al interés del menor, podrá conocerse su opinión por medio de sus representantes legales, siempre que no sean parte interesada ni tengan intereses contrapuestos a los del menor.
Las materias del curso abordara:
El procedimiento de Responsabilidad Penal del Menor.
Principios reguladores
Las fases del procedimiento
Sentencia y régimen de recursos
Principios generales en la ejecución de las medidas
El Código Civil establece que "los padres son responsables de los daños causados por los hijos que estén bajo su guarda" y que "los tutores lo son de los perjuicios causados por los menores o incapacitados que estén bajo su autoridad y habitan en su compañía". Y son los maestros, por otro lado, los responsables respecto a los perjuicios causados por sus alumnos o aprendices mientras permanezcan bajo su custodia. En teoría, padres, guardadores y tutores podrán eludir su responsabilidad si prueban que actuaron con la diligencia de un buen padre de familia en el cumplimiento de sus obligaciones de vigilancia y educación.
Los menores de 18 años que viven en España tienen unos derechos reconocidos en la Constitución y en la Convención de Derechos del Niño de Naciones Unidas. Son los siguientes:
Derecho al honor, a la intimidad personal y familiar, y a la propia imagen. Se produce una intromisión ilegitima de estos derechos cuando se difunde información, la imagen o el nombre de un menor en los medios de comunicación, siempre que ello pueda implicar un deterioro de su honra o reputación. Estos derechos comprenden también la inviolabilidad del domicilio familiar y de la correspondencia y el secreto de las comunicaciones.
Derecho a la información. Quizás sea este derecho uno de los más vulnerados por la publicidad, los contenidos televisivos y videojuegos. Las administraciones públicas deben velar para que los medios de comunicación promuevan en sus mensajes dirigidos a menores los valores de igualdad, solidaridad y respeto a los demás, eviten imágenes de violencia, explotación en las relaciones interpersonales o que reflejen un trato degradante o sexista.
Derecho a la libertad de ideología, conciencia y religión, respetando los derechos y libertades de los demás.
Derecho de participación, asociación y reunión. Derecho a participar plenamente en la vida social, cultural, artística y recreativa de su entorno, así como a una incorporación progresiva a la ciudadanía activa. Los menores tienen el derecho a formar parte de asociaciones y organizaciones juveniles de los partidos políticos y sindicatos, a promover asociaciones infantiles y juveniles e inscribirlas.
Derecho a la libertad de expresión. Tienen derecho a publicar y difundir sus opiniones, a la edición y producción de medios de difusión y el acceso a las ayudas que las Administraciones públicas.
Derecho a ser oído. El menor podrá ejercitar este derecho por sí mismo o a través de la persona que designe para que le represente, cuando tenga suficiente juicio. Cuando ello no sea posible o no convenga al interés del menor, podrá conocerse su opinión por medio de sus representantes legales, siempre que no sean parte interesada ni tengan intereses contrapuestos a los del menor.
Las materias del curso abordara:
El procedimiento de Responsabilidad Penal del Menor.
Principios reguladores
Las fases del procedimiento
Sentencia y régimen de recursos
Principios generales en la ejecución de las medidas